El segundo juzgado constitucional de Lima declaro fundado el recurso de amparo de Daniel Soria.
Mediante la sentencia el juez Jonathan Valencia concluyo que Soria Lujan no solo ejerció el cargo de procurador general del estado, pues también ejerció cargo del consejo directivo, con un plazo de cinco años.
“Para ser removido de dicho cargo existen causales previstas en el Artículo 17.3 del dispositivo legal antes mencionado (Decreto Legislativo N° 1326); las cuales, en el presente caso no se aprecia hayan sido desarrolladas en la Resolución Suprema materia de la presente demanda constitucional” declara el Magistrado,
El juez argumenta que Soria no es un funcionario de libre remoción debido a no ser elegido directamente por el presidente de la república Pedro Castillo. Con estos postulados, el juez Jonathan Valencia anulo la resolución suprema cual designo a María Caruajulca y mantuvo vigente la resolución con la cuan se nombró a Daniel Soria
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